CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA: IMPRESCINDIBLE PARA VENDER Y ALQUILAR VIVIENDAS
EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICO Y SUS NOVEDADES EN LA COMPRA Y ALQUILER DE VIVIENDAS.
El 1 de junio de 2021 el real decreto 390/2021 sustituye y modifica algunas normas del preceptivo CEE en la compra venta y alquiler de inmuebles. Tales como:
Será exigible para las segundas residencias, las cuales estaban excluidas hasta hoy si estas tenían un uso inferior a cuatro meses al año.
Este trámite que habitualmente lo realizaban arquitectos o ingenieros superiores. Ahora no será obligado realizarlo por estos profesionales. Así mismo, el profesional que lo haga tendrá la obligación de visitar la vivienda, realizarlo según el procedimiento legal del real decreto y de registrarlo en la comunidad autónoma que corresponda.
Se contempla que en edificios donde existan viviendas con similares características energéticas, pueda servir un único certificado.
Normalmente la validez del CEE es de diez años a excepción de aquellas viviendas que obtengan una calificación con la letra G, que será de cinco años.
Otra norma es que el CEE incluirá una serie de recomendaciones con el fin de mejorar la eficiencia energética y con ello obtener una mejor calificación, lo cual influirá en el precio.
Así mismo se exigirá la calificación energética para la promoción, publicación en portales, webs, escaparates, vallas publicitarias y otros medios publicitarios.
De no cumplir con la normativa del CEE, supondría sanciones que van desde los 300 € hasta los 6.000 € y existen inspecciones públicas para comprobar que se refleja la calificación.